Blog de la Oficina de Emancipación Joven

Se muestran los artículos pertenecientes al tema Acogida y Asesoramiento.

Cuéntanos tu experiencia personal a la hora de salir de casa y las dificultades y apoyos que encontraste durante este proceso.

10/03/2010

No aceptan mi mayoria de edad

Soy de Perú, hace poco más de un mes cumplí 18 años. Vivo con mi madre, mi tía, mi abuela y mi tía abuela. La casa es de mi tía abuela. Siempre he cumplido las órdenes de mi madre, a veces de buen agrado y otra veces un poco a regañadientes pero lo he hecho. Ahora que tengo 18 años veo que mis amigos van a fiestas y se regresan solos a sus casas, se quedan a dormir en casa de otros amigos, cambian de look,  tienen su propio dinero y lo administran como ellos quieren. Sin embargo yo, cada vez que alguien me da una propina están pendientes en que lo gasto, incluso hasta se molestan si les digo que le invite algo de comer a alguna amiga, revisan mis pertenencias y se fijan en cuanto dinero tengo, si después ven que hay menos dinero me cuestionan para saber en que lo he gastado. Incluso buscan en mis cajones y si encuentran tickets de compra se fijan en la hora y lo guardan, luego me molestan porque no les gusta que salga a un supermercado después de mi almuerzo para comprar una bebida antes de entrar nuevamente a mi academia. Tengo que dar cuenta de todo lo que hago, de con quien salgo, de lo que compro, de lo que llevo, etc, etc. Me revisan los cuadernos de la academia y si no encuentran escrito nada nuevo me molestan con que no estudio, mi tia abuela le mete ideas a mi madre de que yo no asisto a la academia. Mi madre revisa todo y argumenta que es lo correcto porque ella es mi madre y tiene derecho a saber todo de mi. Últimamente se quejan de mi estilo y de mi ropa, a mi no me gusta usar el cabello muy largo y prefiero cortármelo a la altura de los hombros pero reniegan y me prohíben cortármelo. Siempre quieren que lo tenga largo y lo use suelto. Yo tengo un estilo deportivo, no me gusta la ropa que entorpezca mis movimientos a menos que sea para una celebración importante o un caso especial. Pero ellas quieren que use aretes largos, ropa ceñida, vestidos, tacos, etc etc. Ya no se que hacer para hacerlas entender que ya no soy una niñita, he hablado con ellas de eso, que soy mayor de edad, que necesito mi libertad; pero sobretodo mi mama no entiende las buenas palabras y dice que yo seré mayor de edad el día en que tenga una carrera y sea capaz de mantenerla. Piensa que soy una "rebelde" y que es la mala influencia de una amistad. Yo quiero llevarme bien con ella y un día poder quedar con mis amigos para salir, decirle a mi mama "ya vengo voy a tal sitio, regreso mas tarde" y que ella me responda como una madre normal "ya hija, cuídate". Pero no es así, siento que no tengo privacidad, cuando hablo por teléfono tengo que decir con quien estoy hablando y si no lo digo me toman por malcriada y me siguen preguntando. Me preguntan hasta de que hablo con mis amigos(as). Ya no sé a quién recurrir, en mi casa me hacen parecer mala, malcriada y rebelde. Hablan mal de mis amigos y ni defenderlos puedo. Ya no quiero invitar a nadie a mi casa porque no me siento cómoda y yo aquí en mi casa tampoco me siento feliz. Mas bien es un martirio estar aquí. ¿qué puedo hacer?

06/11/2009

CAUSAS DE LA EMANCIPACIÓN

¿Cuáles son las causas de la emancipación?

El menor de edad puede adquirir la condición de emancipado cuando:


Se le concede este beneficio por las personas que ostentan sobre él la patria potestad.

En estos casos, es necesario que el menor haya cumplido los 16 años de edad y que esté conforme con que le sea concedida la emancipación. Se otorga mediante Escritura Pública ante Notario y debe ser inscrita en el Registro Civil.

Una vez concedida, la emancipación no puede ser revocada. Se considera que el hijo está emancipado cuando siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente.

En los casos en los que el menor está sujeto a tutela alcanza la emancipación por la concesión judicial del "beneficio de la mayor edad".


Por matrimonio.


Por concesión judicial: Un juez puede conceder la emancipación cuando lo solicite el menor que ya cuente con más de 16 años de edad, en los siguientes casos:
o Quien ejerce la patria potestad se ha casado otra vez o convive de hecho con otra persona.
o Cuando los padres vivan separados.
o Cuando concurra alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.


Los efectos de la emancipación

La emancipación permite al menor regir tanto su persona como sus bienes como si fuese mayor de edad, pero necesitará el consentimiento de sus padres o tutor para:

* Pedir préstamos, gravar o vender bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales.
* Disponer de bienes de extraordinario valor (como joyas). § Ser defensor de los bienes de un desaparecido o representante del declarado ausente. § Otorgar testamento ’ológrafo’ (de puño y letra).
* Aceptar por sí mismo una herencia sin beneficio de inventario (ya que no puede disponer libremente de sus bienes).
* Pedir la partición de una herencia, ni repartir con los demás coherederos.
* Tampoco podrá ser tutor o curador, ya que su capacidad de obrar no es completa.

En el caso de los emancipados por matrimonio, para realizar todas estas actuaciones, si su cónyuge es mayor de edad, bastará con que ambos consientan.

Si los dos son menores, necesitarán el consentimiento de los padres o quienes ostenten la representación de ambos.

Dada la relevancia y los efectos de la emancipación, siempre resulta conveniente consultar con un abogado antes de dar ningún paso legal relacionado con la misma y en función de cada caso concreto.









La emancipación del menor

Concepto: La emancipación es una situación intermedia entre la minoría y la mayoría de edad que se caracteriza por ampliar la capacidad de obrar del menor emancipado, haciéndola similar a la plena capacidad de obrar del mayor de edad, per4o con algunas restricciones.

Clases:
Emancipación por concesión paterna :
Concedida por los padres titulares de la patria potestad al menor mayor de 16 años, que ha de consentirla. Se hace mediante escritura pública o por comparecencia ante le juez encargado del Registro civil.

Emancipación por concesión judicial : al menor sujeto a patria potestad que haya cumplido 16 años, si lo pide, previa audiencia de sus padres, cuando existan circunstancias que puedan dificultar o entorpecer el ejercicio de la patria potestad de conformidad con el artículo 320.

Beneficio de la mayor edad : otorgado por el juez al mayor de 16 años, sometido a la guarda de un tutor, cuando el menor lo solicite y previo informe del Ministerio Fiscal.

Emancipación por matrimonio : Cuando el menor no haya sido emancipado por otra causa, se emancipa automáticamente al contraer matrimonio con autorización del juez, siempre que haya cumplido 14 años.

Emancipación por vida independiente : Al mayor de 16 años que vive independientemente, con el consentimiento de sus padres se le equipara al menor emancipado. A diferencia de las anteriores, esta emancipación es revocable.

Efectos:
Generales: los establecidos en el art. 323 C.c.
En caso de emancipación por matrimonio (o en caso de estar ante un menor emancipado que ha contraído matrimonio después) se aplican unas reglas específicas (art. 324 C,c):
- si los bienes son de uno solo de los cónyuges se aplica el art. 323 C.c;
- si los bienes son comunes, bastará con la intervención del cónyuge, mayor de edad , cuidadoso de sus intereses y de los de su cónyuge;
- y cuando ambos son menores se aplica el régimen general.


EMANCIPACION

La mayoría y la minoría de edad

La mayoría de edad es un estado civil por el que la persona adquiere plena independencia al extinguirse la patria potestad y, por tanto la plena capacidad de obrar.

La mayoría de edad se adquiere a los 18 años, salvo en aquellos casos especiales en los que la persona es declarada incapaz.

Por otro lado, la minoría de edad es un estado civil que se caracteriza por la sumisión y dependencia del menor a las personas que ostentan sobre él la patria potestad, sus padres o sus tutores, al considerarse que el menor no tiene la suficiente capacidad de entendimiento. Estas personas ostentan la representación del menor.

La capacidad del menor de edad se encuentra por tanto limitada con el fin de evitar que la posible responsabilidad que pueda derivarse de sus actuaciones, le perjudique. Así, para la realización de determinados actos necesitará el consentimiento de sus representantes legales, padres o tutores.


¿Qué es la emancipación?

La emancipación permite que el mayor de 16 y menor de 18 años pueda disponer de su persona y de sus bienes como si fuera mayor de edad.

Como excepción se dispone que, hasta que el emancipado no alcance la mayoría de edad, no podrá pedir préstamos, gravar o transmitir bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales ni bienes de extraordinario valor (como joyas) sin el consentimiento de sus padres, o en caso de que falten ambos, del tutor que le haya sido nombrado.

La mayor parte de las emancipaciones se produce para poder o por contraer matrimonio antes de los 18 años.

En el supuesto de los emancipados por matrimonio, para realizar las actuaciones enunciadas, si su cónyuge es mayor de edad, bastará con que ambos consientan. Si los dos son menores, necesitarán el consentimiento de los padres o tutores de ambos.

06/11/2009 08:00 Enlace permanente. Tema: Acogida y Asesoramiento No hay comentarios. Comentar.

19/02/2009

SONDEO DE OPINIÓN

El 18 de febrero se ha presentado el sondeo de opinión sobre "Jóvenes e inmigración" realizado por el INJUVE a finales del año pasado. Tal y como muestra el estudio, en los últimos diez años, el crecimiento anual de población extranjera ha sido una constante. A fecha de de 1 de enero de 2008, la población joven entre 15 y 29 años son 8.908.267 personas y los extranjeros son 1.562.566, lo que significa un 17,5% del total de jóvenes. Los colectivos más numerosos son los rumanos, marroquíes y los ecuatorianos.

Las personas jóvenes que percibían efectos positivos en la inmigración han pasado del 28% en 1997 al 48% en 2008. Alrededor de siete de cada diez personas jóvenes consultadas (69%) declaran tener entre su grupo de amigos alguna persona inmigrante. la inmensa mayoría de la juventud (86%) desaprueba las acciones de grupos racistas y xenófobos, y considera mayormente que tendrían poca o ninguna aceptación en nuestro país (73%). Sin embargo, si bien está generalizada la negativa a votar a grupos políticos de ideología racista (80%), aparece en los últimos años una reducida minoría dispuesta a hacerlo (de un 11% en 2002 a un 14% en 2008).

Desde la Oficina te invitamos, al igual que cuando se publicó el Informe Juventud en España, a que nos des tu opinión sobre este sondeo o sobre cualquier otro tema que consideres de interés.

19/02/2009 09:22 Enlace permanente. Tema: Acogida y Asesoramiento No hay comentarios. Comentar.

11/12/2008

Informe Juventud en España 2008

En estos días se acaba de publicar el Informe Juventud en España de este año 2008 y las conclusiones que se han obtenido son muy reveladoras:

- los jóvenes constituyen actualmente poco menos del 19% de la población.


- los jóvenes entre 15 y 29 años se emancipan antes, ya que consiguen antes un trabajo estable que les satisfaga y pueden vivir de sus propios ingresos. Las primeras en irse son las mujeres. Ésto hace que se adelante la edad de abandono de los estudios.

- la situación económica y laboral de los jóvenes ha mejorado, aunque se mantiene la dependencia económica respecto a los padres y familiares.

- gozan de un estado de salud excelente y son muy cautos al volante (ha disminuido el consumo de drogas, el sida y los accidentes de tráfico).

- descenso de la edad de la primera relación sexual a los 16 años. España se ha convertido en uno de los países con mayor tasa de uso de anticonceptivos y preservativos y con menor tasa de embarazos no deseados. Entre los 21 y 23 años la mayoría tienen su primer hijo.

- la vivienda independiente sigue siendo el bien material "más deseado e innaccesible".

- se ha detectado una tendencia conservadora en la forma de pensar (matrimonio homosexual, pena de muerte, aborto, etc...).

En la Omej estamos interesados en saber cómo son los jóvenes de nuestra ciudad porque realmente este informe nos ha sorprendido notablemente. Esperamos tu participación, ¡Gracias!

11/12/2008 13:41 Enlace permanente. Tema: Acogida y Asesoramiento No hay comentarios. Comentar.

16/07/2008

¿TIENES UNA ENTREVISTA DE TRABAJO? ¡¡NO TENGAS MIEDOS!!

Una de las claves para hacer una buena entrevista de trabajo es conseguir una actitud positiva, y entender la entrevista de trabajo, no como si te estuvieran realizando un examen, sino como una oportunidad para mostrar tu interés y tu capacidad para desarrollar el trabajo que te ofrecen.

Creerte lo anterior conlleva  tener una mayor seguridad en tí mismo y una mayor autoestima que harán que te muestres de manera natural y más relajada ante el entrevistador.

Si quieres saber más claves para la entrevista de trabajo o tienes cualquier duda o cualquier anécdota, no tienes más que contárnoslo, nosotros te asesoraremos.

08/05/2008

me puedo ir de mi casa a los 18?

soy claudia y queria saber si me podia ir de mi casa con 18 años cumplidos?o es posible de alguna forma?

19/11/2007

Orientación

Mi hija está obsesionada con irse de casa. Lucía tiene 23 años y no tiene empleo estable. Tengo miedo que sea un capricho, aunque considero a mi hija una chica responsable. Últimamente discutimos mucho y no quiero que nuestra relación se estropee por esta razón. Creo que sería bueno tener toda la información sobre empleo y vivienda, entre otros, para que Lucía reflexione y poder encontrar una solución satisfactoria para todos.

Orientación

Soy Alicia y tengo un problema con mis padres porque quiero irme a vivir sola y no me apoyan, dicen que estoy loca. Sé que no lo tengo fácil porque sigo estudiando y trabajo a media jornada en un restaurante. Pero pienso que alguna opción tendré, ¿no?

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