Desestimado recurso contra San Josemaría

En el B.O.P. del 11 de junio se recoge el acuerdo del Gobierno de Zaragoza por el que se desestima el recurso de reposición presentado por Chunta Aragonesista contra el acuerdo por el que se designaba una calle con el nombre de "San Josemaría Escrivá de Balaguer".
Resulta cuando menos curiosa la motivación de la desestimación del punto primero: por carecer de legitimación al no ostentar la condición de interesados, es decir por no ser personas que tengan derecho o interés legítimo, ya que no está acreditado el hecho de vivir en dicha calle por parte de ningún firmante. ¿Pues por eso eligió el alcalde esta calle porque no había casas!
El punto segundo recoge que es el Ayuntamiento a través de su gobierno de la ciudad en base a la autonomía municipal, "consagrada" en el artículo 140 de la Constitución quien puede discrecionalmente identificar las calles. ¡Muy apropiado lo de la consagración tratándose de este tema!
Y para rematar el punto cuarto, donde se aprovecha para corregir que "Josemaría" es todo junto.
Y yo me pregunto, ¿si CHA no hubiera presentado el recurso de reposición, la plaqueta se hubiera puesto como "José María", separado?, o bien ¿hubieran tenido que llevar de nuevo el expediente a Junta de Gobierno para la "rectificación de error material"? ¿El Vaticano habría llamado al embajador, amigo del alcalde, Paco Vazquez a consultas? ¿Debería el alcalde haber tenido que realizar un acto de flagelación como desagravio ante los seguidores de la obra? ¿Podríamos haberlo utilizado como moneda de cambio con los bienes eclesiásticos de la Franja?

